Acceso a la salud para personas con Diabetes Tipo 1 en Chile

Publicado el 28 de julio de 2021

En este artículo podrás conocer sobre las tres políticas públicas más importantes de acceso a la salud que existen en Chile. Te invitamos a leer con atención sobre las Garantías Explicitas en Salud (GES), La ley Ricarte Soto y la Ley de Urgencias.

También puedes acceder a las páginas oficiales del Ministerio de Salud, cuyos enlaces están disponibles en este mismo artículo.

Garantías Explicitas en Salud  – GES?

Desde 2005 existen cuatro garantías exigibles por ley para las personas afiliadas al Fonasa y a las Isapres: Acceso, Oportunidad, Protección financiera y Calidad. Éstas, se encuentran asociadas a los 85 problemas de salud vigentes por Decreto. Las Isapres y el Fonasa deberán asegurar su otorgamiento y en caso contrario, se puede reclamar primero ante dichos organismos y luego en la Superintendencia en caso de disconformidad con la respuesta recibida. ?

¿Quiénes pueden acceder??

Acceden personas beneficiarias o afiliadas Fonasa o Isapres, de cualquier edad con sospecha o diagnóstico de diabetes tipo 1 y que tengan dependencia vital de insulina. No se incluye a usuarios de previsión de fuerzas armadas o carabineros.?

¿Cómo? ?

Un profesional médico debe constatar la sospecha del diagnóstico e iniciar la notificación GES.?

¿Qué beneficios incluye??

Se asignan prestadores específicos de acuerdo a la previsión (sistema de salud) de cada persona.?

En dichos centros se garantizan atenciones periódicas, hospitalización en eventos específicos relacionados a la patología, insumos médicos, medicamentos y exámenes.

Encuentra más información aquí.

Ley Ricarte Soto

La Ley N° 20.850 del Ministerio de Salud, creó un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo. Actualmente hay 27 patologías incluidas en esta política de salud.?

¿Quiénes pueden acceder? ?

Pacientes con diagnóstico confirmado de diabetes mellitus tipo 1, que requieren el uso de infusores subcutáneos continuos de insulina por necesidad de microdosis y/o hipoglicemias reiteradas. Pueden acceder beneficiarios de Fonasa, Isapres, Fuerzas armadas y Carabineros.?

¿Cómo? ?

Para postular a este beneficio debes solicitarlo a tu médico tratante quien te aconsejará y guiará en el proceso.?

¿Qué prestaciones están cubiertas por este beneficio??

Dispositivo Infusor subcutáneo continuo de insulina con sensor (bomba de insulina), junto a sus insumos y los recambios, las renovaciones o las mantenciones de estos.? Sistema de monitoreo continuo de glucosa.

Encuentra más información aquí.

Ley de Urgencias

Esta norma garantiza que todas las personas sean atendidas en cualquier establecimiento de salud ante eventos de urgencia vital. Ningún hospital o clínica puede negar la atención a una Urgencia Vital o emergencia, ni exigir un cheque, pagaré u otro documento o dinero en efectivo en garantía para otorgarla, mientras dure tal condición.?

¿Qué se considera una urgencia vital??

Son aquellas condiciones clínicas que implican riesgo de muerte o secuela funcional grave de no mediar atención médica inmediata e impostergable.?

La condición de urgencia vital es evaluada y certificada por el médico del servicio de urgencia al que ingresa el paciente, indicando que las condiciones de la persona al momento de llegada.?

*En caso de existir una atención de Urgencia Vital o Emergencia y no fue reconocida como tal por el establecimiento asistencial o por el Fonasa o la Isapre, puedes realizar un reclamo en la Superintendencia de Salud. 

Encuentra más información aquí.

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