Información para inmigrantes con diabetes tipo 1

Publicado el 24 de enero de 2020

En Chile existen dos sistemas de salud: público (Fonasa) y privado (Isapre). A las personas con diabetes tipo 1, cada sistema entrega insumos médicos (máquinas de glicemia, cintas reactivas, lancetas, lanceteros, etc.) e insulinas, a través del programa de salud llamado GES*. Esto es para toda persona chilena.

Si eres extranjero, para acceder al sistema de salud debes tener en cuenta tu perfil:

  1. Persona extranjera sin trabajo: debes estar mínimo 3 meses en Chile y hablar con la Asistente Social de la comuna donde vivirás (es decir, si llegas a vivir a Las Condes, debes ir a la municipalidad de Las Condes y pedir hablar con la Asistente Social y explicar que tienen diabetes tipo 1).
  2. Persona extranjera con trabajo en Chile: cuando tengas trabajo en Chile, debes tener contrato de trabajo para poder ingresar a Fonasa (te descuentan el 7% de tu renta) o Isapre (te descuentan el 10% o más de tu renta). Debes trabajar mínimo 3 meses para recibir ayuda de Fonasa y tener un número de identificación provisorio (para visas en trámite) o RUT, y mínimo 2 años para recibir ayuda de Isapre.
  3. Persona extranjera sin trabajo en Chile, pero esposo trabaja en Chile: Debes averiguar si tu matrimonio es legal en Chile, para ser reconocido por las leyes sociales. Si es legal, tu esposo debe tener contrato en su trabajo para poder ingresar a Fonasa (a él le descuentan el 7% de su renta) o Isapre (a él le descuentan el 10% o más de su renta). Debe trabajar mínimo 3 meses para recibir ayuda de Fonasa y mínimo 2 años para recibir ayuda de Isapre.

En cada sistema de salud, son obligatorios los exámenes básicos para las personas con diabetes (fondo de ojo, análisis de sangre, etc.)

En caso de que uses Bomba de insulina:

La Bomba de insulina en Chile se compra de manera particular, es decir, cada familia va a los laboratorios existentes en Chile a comprar (Medtronic y Alatheia). No se tienen insumos para otras bombas de insulinas. La ayuda de Fonasa e Isapre es para la insulina que ocupas en la bomba, las cintas reactivas y lancetas. No para el aparato y sus insumos (catéter, reservorio, etc.).

La recomendación, es que puedas traer los insumos de la bomba de insulina desde tu país, y también puedas traer insulina, cintas y lancetas para mínimo 6 meses, porque el trámite de ayuda de Fonasa e Isapre se demora y puedes quedarte sin insumos e insulina.

¿Qué es y qué cubre el GES* en personas con diabetes tipo 1?

Las Garantías Explícitas en Salud, también conocidas por su sigla GES, son un conjunto de beneficios garantizados por ley, para las personas afiliadas a Fonasa o a Isapre. Estas garantías son “relativas a acceso, calidad, protección financiera y oportunidad con que deben ser otorgadas las prestaciones asociadas a un conjunto priorizado de programas, enfermedades o condiciones de salud que señale el decreto correspondiente”, según señala el Ministerio de Salud.

Entre esas condiciones, se encuentra la Diabetes tipo 1. Existen 3 tipos de garantía: de acceso, de oportunidad y de protección financiera.

Todo beneficiario:

  • Con sospecha, tendrá acceso a confirmación diagnóstica.
  • Con confirmación diagnóstica, tendrá acceso a tratamiento.
  • Incluye tratamiento de pie diabético
  • Con descompensación, tendrá acceso a tratamiento de urgencia y hospitalización según indicación médica.
  • En tratamiento, tendrá acceso a continuarlo

Diagnóstico

  • Con sospecha por exámenes alterados: consulta con especialista en 7 días.
  • Con sospecha de descompensación: Glicemia dentro de 30 minutos desde atención médica en Servicio de Urgencia.

Tratamiento

  • Inicio dentro de 24 horas, desde confirmación diagnóstica
  • En tratamiento, que presenta descompensación: Glicemia dentro de 30 minutos desde atención médica en Servicio de Urgencia.

Cobertura GES para inmigrantes, de acuerdo al Ministerio de Salud**:

“Todo usuario que tiene su situación migratoria regularizada y es atendido por problemas GES en Chile, recibe todas las prestaciones en igualdad de condiciones que un usuario nacional”.

En los casos de inmigrantes no documentados o irregulares, deben ser atendidos si presentan un problema de salud grave o que requiera tratamiento prolongado, sea éste GES o no GES.

“Para garantizar la entrega de las prestaciones incluidas en el GES, se debe solicitar una visa humanitaria que permitirá el acceso al sistema de salud. En caso de que el acceso o el diagnóstico sea entregado en el nivel de urgencia, el profesional tratante deberá emitir un certificado que acredite, tanto el problema de salud, como el tratamiento y tiempo que requerirá para su tratamiento, documento necesario para tramitar dicha visa”.

Caso de niños menores de 18 años con situación migratoria irregular

Se debe inscribir a los niños y niñas menores de 18 años que se encuentren en situación migratoria irregular en los establecimientos de atención primaria correspondientes a su domicilio, con el fin de poder otorgarles la atención de salud.

“Con esta inscripción, o con el certificado del médico tratante, el padre o tutor del niño o niña podrá solicitar ante la autoridad migratoria correspondiente a su domicilio (oficina de extranjería o gobernación), un permiso de residencia temporaria”, señala el documento del Minsal.

“En aquellos casos en que las personas inmigrantes indocumentadas requieran continuar con su tratamiento médico por un tiempo prolongado o hayan sufrido lesiones o un problema de salud que necesite de hospitalización o de tratamiento prolongado, es fundamental que se entregue un certificado donde se acredite esta situación y además se oriente a la persona a obtener su visa humanitaria presentando este documento”.

Fuente: “Guía para los equipos de salud en la orientación y apoyo a la población migrante” 

Conoce más en minsal.cl/salud-del-inmigrante/

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